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¿QUÉ PASÓ CON LA PLATA PARA OBRAS EN ICA?


 

REGION ICA 

Según la Red de Estudios para el Desarrollo en 2025, las municipalidades provinciales y distritales de Ica contaron con casi S/1,300 millones para invertir en obras como colegios, postas de salud, pistas y canales de riego.

Es decir, para mejorar la vida diaria de todos.

Pero, al cierre del año, S/472 millones se quedaron durmiendo en las cuentas de estas municipalidades.

En términos simples: es como si de cada 10 soles destinados a mejorar tu barrio, casi 4 nunca llegaron a convertirse en obras

Esto no tiene por qué ser así. Con mejor gestión y planificación, los recursos pueden convertirse en obras a tiempo y en mejores servicios para todos.

En tu distrito, ¿se ha usado bien la plata para obras?


JURADO NACIONAL DE ELECCIONES ESTABLECE PLAZOS PARA RENUNCIAS Y LICENCIAS DE AUTORIDADES LOCALES Y REGIONALES


 

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2026 

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó disposiciones normativas sobre las renuncias, licencias y reemplazos de autoridades locales, regionales, así como de altos funcionarios, que aspiren a participar en las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) del 4 de octubre de 2026. 

Los documentos, publicados hoy en normas legales de El Peruano y en el portal web institucional (www.jne.gob.pe), fueron formulados con el propósito de brindar celeridad y transparencia al proceso electoral, así como de cautelar su correcto desarrollo. 

De esa manera, las organizaciones políticas, futuros candidatos y electores pueden conocer con claridad las reglas que serán de observancia en dichas elecciones, a fin de que puedan ejercer de manera eficaz su derecho político consagrado en la Constitución. 

Las disposiciones normativas establecen los plazos para que gobernadores y vicegobernadores, así como los alcaldes, presenten su renuncia ante sus respectivos gobiernos con el propósito de participar como candidatos en las ERM 2026. Asimismo, se aplica para los funcionarios públicos que administran o manejan fondos del Estado, trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, empresas del Estado y de las municipalidades que soliciten licencia sin goce de haber. 

La Resolución N° 00746-2025-JNE, publicada en El Peruano, precisa que los altos funcionarios que pretendan postular a las Elecciones Regionales deben presentar su renuncia por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el martes 7 de abril de 2026 (180 días calendario antes de las elecciones). El cargo del documento de renuncia debe ser presentado por el renunciante ante el JNE, a través de la Mesa de Partes Virtual (MPV), hasta el 14 de abril de 2026. 

Y en el caso que pretendan postular a las Elecciones Municipales, las renuncias tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que el documento mencione expresamente que la renuncia debe hacerse efectiva a partir del miércoles 5 de agosto (60 días calendario antes de las elecciones). 

En el caso de los gobernadores y vicegobernadores, que postulen como candidatos a alcaldes, y los burgomaestres que postulen como candidatos a gobernador o vicegobernador, las renuncias deben ser presentadas ante el consejo regional o concejo municipal, según corresponda, y surten efecto desde el lunes 6 de abril (seis meses antes de las elecciones). 

El cargo de documento de renuncia debe ser presentado por el renunciante ante la MPV del JNE hasta el 14 de abril. 

De otro lado, en la Resolución N° 00747-2025-JNE se precisan las disposiciones para el reemplazo de los gobernadores regionales y alcaldes que renuncien con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales y Municipales 2026; y para los casos en que soliciten licencia sin goce de haber para participar en este proceso electoral. 




EN EL 2026 LAS MUNICIPALIDADES RECIBIRAN AUMENTO EN FONCOMUN PARA INVERSION


 

NACIONAL

La ley establece que el incremento del Foncomun comenzará el 1 de enero de 2026 y se elevará de forma gradual hasta alcanzar el 2 % en el año 2029. El objetivo es asegurar una distribución eficiente y sostenible de los recursos públicos, fomentando el desarrollo en todos los niveles de gobierno.

Para acceder a este incremento, las municipalidades deberán contar con al menos dos de los siguientes instrumentos de planeamiento estratégico:

·         Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC)

·         Plan Estratégico Institucional (PEI)

·         Plan Operativo Institucional (POI)

Estos instrumentos deben estar alineados con las políticas nacionales y con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) al 2050.

Fondos exclusivamente para inversión y no para gastos corrientes

La norma dispone que los recursos adicionales del Foncomun solo podrán ser utilizados para financiar proyectos de inversión pública orientados al cierre de brechas sociales e infraestructura. De forma excepcional, se permitirá la transferencia de fondos a municipios de centros poblados, siempre con fines de inversión.

Además, se aclara que los saldos no ejecutados podrán utilizarse en el siguiente ejercicio fiscal, pero queda prohibido el uso para gastos corrientes.

Presupuesto por resultados como criterio de asignación

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) será el encargado de incorporar el enfoque de presupuesto por resultados en los criterios de evaluación para la asignación del Foncomun. Este enfoque busca mejorar la eficiencia del gasto público y asegurar que los recursos generen un impacto tangible en las comunidades.

Finalmente, la población se pregunta si los gobiernos locales podrán gestionar estos nuevos recursos con responsabilidad, eficiencia y transparencia.