NACIONAL
La ley establece que
el incremento del Foncomun comenzará el 1 de enero de 2026 y se elevará de
forma gradual hasta alcanzar el 2 % en el año 2029. El objetivo es asegurar una
distribución eficiente y sostenible de los recursos públicos, fomentando el desarrollo
en todos los niveles de gobierno.
Para
acceder a este incremento, las municipalidades deberán contar con al menos dos
de los siguientes instrumentos de planeamiento estratégico:
·
Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC)
·
Plan
Estratégico Institucional (PEI)
·
Plan
Operativo Institucional (POI)
Estos
instrumentos deben estar alineados con las políticas nacionales y con el Plan
Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) al 2050.
Fondos exclusivamente para inversión y no para gastos
corrientes
La
norma dispone que los recursos adicionales del Foncomun solo podrán ser
utilizados para financiar proyectos de inversión pública orientados al cierre
de brechas sociales e infraestructura. De forma excepcional, se permitirá la
transferencia de fondos a municipios de centros poblados, siempre con fines de
inversión.
Además,
se aclara que los saldos no ejecutados podrán utilizarse en el siguiente
ejercicio fiscal, pero queda prohibido el uso para gastos corrientes.
Presupuesto por resultados como criterio de asignación
El
Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) será el encargado de incorporar el
enfoque de presupuesto por resultados en los criterios de evaluación para la
asignación del Foncomun. Este enfoque busca mejorar la eficiencia del gasto
público y asegurar que los recursos generen un impacto tangible en las
comunidades.
Finalmente, la población se pregunta si los gobiernos locales podrán gestionar estos nuevos recursos con responsabilidad, eficiencia y transparencia.

