JURADO ELECTORAL ESPECIAL ABRE PROCESO SANCIONADOR CONTRA ALCALDESA DE CHINCHA POR PUBLICIDAD ESTATAL ILEGAL

 


CHINCHA, ICA. El Jurado Electoral Especial (JEE) de Chincha formalizó el inicio de un procedimiento administrativo sancionador contra la alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Chincha, Silvia Victoria Barrios Valenzuela. La medida responde a la detección y difusión de publicidad estatal no autorizada ni reportada ante los organismos correspondientes, infringiendo directamente el principio de neutralidad en el actual periodo de elecciones generales, regulado bajo la Resolución N° 0844-2025-JNE.

Hallazgo en Chincha Alta

La infracción fue detectada mediante operativos de campo e inspecciones técnicas ejecutados por los fiscalizadores del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Las autoridades localizaron un panel publicitario de gran envergadura en las inmediaciones del Asentamiento Humano Ampliación Señor de los Milagros, en el distrito de Chincha Alta.

Dicho elemento publicitario informaba sobre la ejecución de una obra de infraestructura educativa valorada en más de 4.3 millones de soles. Sin embargo, el cartel mostraba de forma predominante el logotipo oficial de la corporación municipal junto al eslogan institucional "Gestión 2023-2026". De acuerdo con la normativa electoral vigente, la inclusión de estos elementos distintivos está estrictamente prohibida durante los procesos electorales para evitar el aprovechamiento político de los recursos públicos.

Omisión del marco legal

El cuerpo normativo electoral determina que, una vez convocados los comicios, toda difusión de publicidad estatal queda suspendida de manera automática, exceptuando únicamente aquellos casos que califiquen como de impostergable necesidad o utilidad pública.

Si bien los paneles informativos en la vía pública no requieren una autorización previa obligatoria, la legislación impone a los gobiernos locales la obligación de transparentar e informar sobre su instalación. Las municipalidades deben reportar formalmente dicha publicidad ante el JEE en un plazo improrrogable de siete (7) días hábiles contados a partir de su colocación. En este caso, la administración liderada por la alcaldesa Barrios Valenzuela omitió por completo el trámite obligatorio de notificación.

Exigencia de neutralidad

Fuentes del JNE recalcaron que este procedimiento sancionador sienta un precedente de advertencia para las autoridades locales y regionales de todo el país. La normativa busca garantizar que la infraestructura, la gestión gubernamental y el presupuesto financiado por los ciudadanos no se utilicen como herramientas de promoción política o posicionamiento de autoridades en funciones en medio del desarrollo de campañas electorales.