ICA
El Jurado Electoral
Especial de Ica determinó que Carlos Zegarra, director de Coordinación Regional
del Gobierno Regional de Ica, incurrió en infracción al principio de
neutralidad electoral al difundir propaganda partidaria en redes sociales y
participar en eventos políticos con símbolos de Fuerza Popular.
En una decisión que marca un precedente en la vigilancia del
comportamiento electoral de los funcionarios públicos, el Jurado Electoral
Especial (JEE) de Ica resolvió que el director de Coordinación Regional del
Gobierno Regional de Ica (GORE Ica), Carlos Alberto Zegarra Sánchez, vulneró el
principio de neutralidad electoral al promover activamente al partido Fuerza
Popular mientras ejercía funciones públicas.
La resolución N.°
00072-2025-JEE-ICAO/JNE, emitida por el órgano electoral, establece que Zegarra
incurrió en actos de propaganda política mediante publicaciones en redes
sociales y participación en eventos partidarios, utilizando símbolos, colores y
referencias explícitas al partido liderado por Keiko Fujimori.
Actividad partidaria
en redes y eventos públicos
Según el expediente
revisado por el JEE, Zegarra habría difundido contenido político entre enero y
agosto de 2025, periodo en el que aún desempeñaba funciones como funcionario
del GORE Ica. Las publicaciones, compartidas en sus cuentas personales de redes
sociales, incluían imágenes, consignas y mensajes de apoyo a Fuerza Popular,
además de su participación en actividades públicas donde se exhibieron
banderas, polos y otros elementos identificables con dicho partido.
El JEE consideró que
estas acciones constituyen una infracción al principio de neutralidad
electoral, establecido en el artículo 190 de la Ley Orgánica de Elecciones, que
prohíbe a los funcionarios públicos realizar actos de proselitismo político
durante el ejercicio de sus funciones.
Precandidato al
Congreso por Fuerza Popular
La resolución
también señala que Zegarra figura como precandidato al Congreso por Fuerza
Popular, ocupando el número 1 en la lista regional de Ica para las elecciones
generales de 2026.
Esta condición,
sumada a su rol como funcionario público, agrava la infracción al comprometer
la imparcialidad institucional del Gobierno Regional.
Durante el proceso
de descargo, Zegarra argumentó que las publicaciones fueron realizadas antes de
oficializar su precandidatura, y que no incurrió en actos de campaña formal.
Sin embargo, el JEE
determinó que la promoción partidaria, incluso sin inscripción oficial como
candidato, constituye una vulneración al principio de neutralidad cuando se
realiza desde una posición pública.
Medidas adoptadas
por el JEE
Como parte de la
resolución, el Jurado Electoral Especial dispuso remitir el caso a tres
instancias:
Ministerio Público,
para evaluar posibles responsabilidades penales.
Contraloría General
de la República, para determinar infracciones administrativas.
Gobierno Regional de
Ica, para que adopte medidas internas conforme a sus competencias.
Estas acciones
buscan garantizar la transparencia del proceso electoral y prevenir el uso
indebido de recursos públicos o cargos oficiales para favorecer intereses
partidarios.
Especialistas en derecho electoral y ética pública han destacado la importancia de reforzar los mecanismos de control sobre el comportamiento de los funcionarios, especialmente en contextos preelectorales donde la línea entre gestión pública y promoción política puede volverse difusa.
Importancia de la
neutralidad electoral
El principio de
neutralidad electoral es uno de los pilares fundamentales del sistema
democrático peruano.
Su cumplimiento garantiza
que las instituciones del Estado no se conviertan en plataformas de campaña
para partidos o candidatos, y que los recursos públicos se utilicen
exclusivamente para fines administrativos y de servicio ciudadano.
En ese sentido, el
caso de Carlos Zegarra representa una alerta para los gobiernos regionales y
locales, que deben reforzar sus protocolos internos y capacitar a sus
funcionarios sobre las restricciones vigentes en materia electoral.
Llamado a la
responsabilidad institucional
Diversos actores de
la sociedad civil han instado al Gobierno Regional de Ica a tomar medidas
ejemplares frente a este caso, no solo por la infracción cometida, sino por el
impacto que puede tener en la confianza ciudadana hacia las instituciones
públicas.
Asimismo, se ha
exhortado al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) a continuar fortaleciendo su
labor fiscalizadora, especialmente en regiones donde la cercanía entre
autoridades y partidos políticos puede generar conflictos de interés.
La resolución del JEE Ica sobre Carlos Zegarra marca un hito en la defensa de la neutralidad electoral en el ámbito regional.
Más allá de las
sanciones que puedan derivarse, el caso pone en evidencia la necesidad de
mantener una clara separación entre función pública y actividad política,
especialmente en un contexto donde la transparencia y la ética son exigencias
crecientes de la ciudadanía.
La vigilancia
electoral no solo protege el proceso democrático, sino que también fortalece la
institucionalidad y el respeto por las normas que rigen la convivencia política
en el país.


